
Tal y como hemos explicado anteriormente, las bases de cotización de los distintos regímenes se revisan de manera anual, normalmente al alza. En el caso de los trabajadores autónomos, se puede solicitar el cambio de base de cotización, dos veces al año, con efectos para el primer y segundo semestre, si son autónomos que ya se encuentra cotizando en el régimen y no son altas nuevas.
Los plazos para llevar a cabo la solicitud de cambio de bases de cotización se realiza con una antelación mínima de tres meses, según las siguientes fechas:
El impreso que tenemos que confeccionar es el modelo TC 4005 (Seg Social – PDF autorellenable), convenientemente confeccionado y dirigido a la delegación de la Tesorería General de la Seguridad Social de la que dependamos directamente.
Más Información | Seguridad Social – cambios bases cotización autónomos
En Pymes y Autónomos | Bases de cotización mínimas y máximas para autónomos en el 2010