Calendario de días inhábiles para el 2.009

Calendario de días inhábiles para el 2.009
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La Agencia Tributaria ya ha procedido a colgar en su web el calendario de días inhábiles para el año 2009. Este calendario es el mismo para toda la Administración General del Estado, independientemente de su aplicación a la Agencia Tributaria.

Cuando hablamos de plazos, tenemos que tener muy claro que la duración para respuesta, presentación o cualquier otra cuestión administrativa que tengamos con la administración se computa por días. Si en la notificación, resolución o procedimiento no se especifica qué tipo de día se computa, siempre se considerará que se refiere a días hábiles.

A partir de la premisa anterior, tenemos dos formas de clasificar los días:

  • Días naturales; en los que se incluyen absolutamente todos los días del año o
  • Días hábiles e inhábiles; Esta separación se entiende mejor definiendo los días inhábiles, dado que los hábiles son el resto.

Nuestra legislación define los días inhábiles como:

  • En todo el territorio nacional: los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución.
  • En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
  • En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.

La consideración de día inhábil pasa por que sea declarado festivo por el Estado, en el calendario adjunto, la comunidad autónoma y los respectivos ayuntamientos.

Normalmente, cuando los ayuntamientos publican sus calendarios ya se contemplan en estos todos los días inhábiles fijados por una administración superior, pero no está de más comprobar siempre los calendarios estatales y autonómicos.

Vía | AEAT - Calendario 2.009 (PDF) Más Información | Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Imagen | kozumel

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