
Cuando hablamos de empresa de reducida dimensión nos solemos referir a las sociedades que que le es de aplicación el art 108 de la LSA, pero existe un concepto de empresa de reducida dimensión un poco más desconocido, aplicable a los autónomos que tributan en módulos que puede tener unas repercusiones importantes en la declaración de la renta.
En el caso de autónomos con actividades económicas que tributen en estimación objetiva, se considera empresa de reducida dimensión cuando cumpla:
- Titular de la actividad sea persona física. Se quedan fuera comunidades de bienes.
- Ejerza la actividad en un único local.
- No disponga de más de un vehículo afecto a la actividad y éste vehículo no supere los 1.000 kg. de carga.
- En ningún momento del año 2008 haya tenido a más de dos personas asalariadas.
Si se puede clasificar la actividad en módulos como reducida dimensión, se tendrá derecho a aplicar un índice corrector sobre el rendimiento íntegro minorado en función de los siguientes parámetros:

Estos índices se aplican en el caso de no contar con personal asalariado. Si contamos con trabajadores, aplicaremos el índice de 0,90 sea la población que sea en donde desempeñemos la actividad.
Este tipo de índice tiene una importancia elevada, dado que es incompatible con el índice corrector de exceso que se aplica para las actividades en módulos. El índice de exceso eleva sustancialmente los rendimientos íntegros de la actividad y puede resultar sumamente perjudicial para el contributyente, pero esto lo veremos en otro post.
Imagen | Breno Peck
En Pymes y Autónomos | Renta 2008
Comentarios
Pregunto a qiuen sepa del tema : La declaración del 4º trimestre de I.V.A. e IRPF ,la gestoría que me la hace se equivocó y me la hizo en negativo con lo cual los tres ultimos pagos del año 2008 me salieron en negativo( el 4º trimestre supuestamente me devolvian 2000€) al comprobar con mis contratistas había un desfase de 7000€ aprox de los que tuve que devolver la mitad y la otra mitad pedir un aplazamiento que se me ha concedido en tres plazos de 1300€ casi con la crisis me las veo duras para pagar a pate tengo que abonar por presentacion fuera de plazo (26 dias) 300 € mi pregunta tiene alguna responsabilidad la gestoría y estoy sin trabajo ( soy montador de muebles de encargo de todo tipo) de antemanbo muchas !GRACIAS ¡
La gestoria se equivocó porque cuando hago las facturas a mano pongo un guion - delante y entendieron que eran en negativo
Tema complicado xiquet. La asesoria debe tener un seguro de responsabilidad civil, pero solo te cubrirá como es lógico la sancion (300 euros) y los intereses de demora. La cuota en impuestos no desde luego Aun así habria que determinar si es su responsabilidad o no ese error, dado que no es habitual el caso que cuentas.
Saludos
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