Renta 2008: empresa de reducida dimensión en módulos

Renta 2008: empresa de reducida dimensión en módulos
3 comentarios


Cuando hablamos de empresa de reducida dimensión nos solemos referir a las sociedades que que le es de aplicación el art 108 de la LSA, pero existe un concepto de empresa de reducida dimensión un poco más desconocido, aplicable a los autónomos que tributan en módulos que puede tener unas repercusiones importantes en la declaración de la renta.

En el caso de autónomos con actividades económicas que tributen en estimación objetiva, se considera empresa de reducida dimensión cuando cumpla:

  • Titular de la actividad sea persona física. Se quedan fuera comunidades de bienes.
  • Ejerza la actividad en un único local.
  • No disponga de más de un vehículo afecto a la actividad y éste vehículo no supere los 1.000 kg. de carga.
  • En ningún momento del año 2008 haya tenido a más de dos personas asalariadas.

Si se puede clasificar la actividad en módulos como reducida dimensión, se tendrá derecho a aplicar un índice corrector sobre el rendimiento íntegro minorado en función de los siguientes parámetros:
indices correctores erd

Estos índices se aplican en el caso de no contar con personal asalariado. Si contamos con trabajadores, aplicaremos el índice de 0,90 sea la población que sea en donde desempeñemos la actividad.

Este tipo de índice tiene una importancia elevada, dado que es incompatible con el índice corrector de exceso que se aplica para las actividades en módulos. El índice de exceso eleva sustancialmente los rendimientos íntegros de la actividad y puede resultar sumamente perjudicial para el contributyente, pero esto lo veremos en otro post.

Imagen | Breno Peck
En Pymes y Autónomos | Renta 2008

Temas
Comentarios cerrados
Inicio