
La aprobación de dos planes de contabilidad, uno general y otro para Pymes, nos hace preguntarnos cual debemos utilizar, o quizá cual podemos utilizar. Como es obvio, el plan general es obligatorio, y el optativo en el plan adaptado para Pymes. La adaptación a Pymes elimina algunas normas de valoración, que no se suelen dar en empresas pequeñas, así como cambios respecto a los documentos a confeccionar con el depósito de cuentas. Por el resto, el plan permanece casi idéntico.
Pues bien, la adaptación a Pymes se puede utilizar cuando se cumplan al menos dos de los siguientes puntos durante dos ejercicios consecutivos:
Las empresas perderán la facultad de aplicar el Plan de Pymes, si durante dos ejercicios consecutivos no cumplen al menos dos de las características indicadas. Si la empresa, forma parte de un grupo, estas cifras se mirarán, en el balance consolidado del grupo. No obstante no podrán aplicar el plan de Pymes en ningún caso si:
La inmensa mayoria de Pymes y Microempresas podrán acogerse a la aplicación de plan Pymes, independientemente de su forma jurídica. ¿Cuales son sus ventajas?. La primera y fundamental, es el aspecto voluntario de presentar en las cuentas anuales el Estado de flujos de Efectivo. En el Plan de Pymes, tampoco aparecen los grupos 8 y 9, relativos a los ingresos y gastos directamente imputables al patrimonio.
No obstante, mi consejo es que todas las empresas apliquen el plan general, dado que los estados de flujo de efectivo, son un documento adicional al depósito de cuentas que reporta una información bastante útil sobre los movimientos de tesorería de la empresa, así como los criterios impuestos por los estados de gastos e ingresos imputados al patrimonio.
En contabilidad: Nuevo Plan General de Contabilidad: Principales Cambios (I), (II), (III), y (IV).