Partidas/operaciones del NPGC (VII): ANCMV Y GEMV

Partidas/operaciones del NPGC (VII): ANCMV Y GEMV
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Tan largo es el título que me he visto obligado a poner las iniciales: Activos No corrientes Mantenidos para la Venta (ANCMV) y Grupos de Elementos enajenables Mantenidos para la Venta (GEMV). La existencia como categoría de este tipo de activos dejan constancia de lo que en el NPGC prima más el fondo que la forma y es que lo que relevante a la hora de contabilizar estos inmovilizados es la intención de la empresa, no la naturaleza de los elementos en sí. * Definición. Los ACNMV y los GEMV son aquellos activos no corrientes cuyo valor contable se recuperará mediante la venta siempre que estén disponibles para su venta inmediata y la misma sea altamente probable. Dentro de los ACMNV se clasifican las actividades u operaciones interrumpidas.

Una operación o actividad interrumpida es todo componente (que, por estar separado y ser independiente en su funcionamiento, se distingue claramente del resto de la empresa) clasificado como ACNMV como por ejemplo una línea de negocio o una empresa dependiente adquirida para revender en menos de un año.
  • Valoración (NRV 7ª). Los ACMNV y GEMV se valorarán por menor de los importes a elegir entre el valor razonable menos los costes de venta y el contable. Por tanto, las correcciones valorativas se realizarán con vistas a que el valor contable no exceda el valor razonable menos los costes de venta. Cualquier elemento clasificado como ACMNV no se amortizará.

  • Reclasificación. Al reclasificar desde otras partidas a ACMNV o viceversa, casi siempre será necesario corregir el valor del mismo pues debe ser valorado por el menor importe de dos posibles: el valor contable y su importe recuperable.

  • Memoria (nota 4, punto 20 y nota 21). En la nota 4, punto 20, se incluirán los criterios para calificar a los ACMNV y GEMV. En la nota 21 se incluirán de forma detallada la descripción, ajustes, ingresos, gastos, etc que corresponden a este tipo de activos no corrientes.

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