
Al hilo de la última subida del IRPF, de un post anterior y de la noticia que aparece hoy en Cinco Días, se plantea la injusticia del sistema tributario español. Desde luego puede parecer injusto que una multinacional tribute a través del Impuesto de Sociedades al mismo tipo que un contribuyente medio, sin embargo hay que tener en cuenta algunos aspectos antes de poder defender el argumento de la injusticia.
Como decía en twitter @huyelobo, el problema principal no es el tipo impositivo al que tributan las multinacionales sino su acceso a esquemas de evasión legales. Si dejamos aparte el caso de las multinacionales ¿Se puede decir lo mismo en la comparación entre la tributación de las personas fisicas y las pymes?
Lo primero qe hay que destacar es que mientras el IRPF es un impuesto progresivo, el tipo aumenta en función de la base del contribuyente, el Impuesto de Sociedades tiene un tipo fijo, independientemente de que el beneficio sea mayor o menor la empresa paga el mismo porcentaje, si bien hay un tipo reducido que se aplica a las pymes.
El hecho de que con la misma base para el cálculo una empresa pague menos que una persona física puede resultar llamativo, o incluso injusto, pero hay que tener en cuenta que las empresas, además, en el desarrollo de su actividad han de hacer frente a tasas administrativas, ayudan a la creación de riqueza y de puestos de trabajo. En este último aspecto también hay que destacar que la aportación a la Seguridad Social del empleador es notablemente superior a la del empleado, lo que también es una contribución a las arcas del Estado.
Lo que sí podría ser susceptible de debate son determinades deducciones que las empresas pueden aplicar a la hora de calcular la base para el cálculo del impuesto. Mientras algunas, como la deducción por creación de empleo, puedan estar justificadas como incentivo a la actividad empresarial, otras quizá tengan un menor efecto y sólo favorezcan a las grandes empresas.
Lo que, desde mi punto de vista, está fuera de toda discusión es el hecho de que haga falta potenciar la actividad empresarial mediante una tributación que favorezca a las empresas, aunque luego aparezcan comparaciones que puedan hacernos pensar que nuestro sistema tributario es injusto.
En Pymes y Autónomos | El Gobierno fija un nuevo gravamen en el IRPF
Imagen | Dieter W
Comentarios
Siempre olvidamos que no se puede comparar el tipo de gravamen de una sociedad con el de un asalariado o autónomo. El IS es una impuesto que paga la empresa y el tipo es muchas veces menor que el correspondiente al IRPF. Pero es que el propietario no puede sacar ese beneficio de la empresa sin volver a tributar por IRPF, esta vez como rentas de capital. Por lo tanto la comparación correcta seria comparar el IRPF que pagaría ese beneficio un autónomo o asalariado con lo que pagaría una empresa por IS más lo que pagaría el accionista por rentas de capital en su IRPF. Esa sería la comparación correcta.
Muy cierto
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