La aplicación del criterio del devengo

La aplicación del criterio del devengo
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Como era de esperar, con la subida del IVA están surgiendo multitud de dudas en cuanto a la aplicación del tipo anterior o del nuevo tipo, a la hora de emitir las facturas correspondientes. Independientemente de que cada caso particular es analizable por separado, el criterio general, a la hora de ver cual es el tipo impositivo a aplicar, es el criterio del devengo.

Este criterio, viene regulado por el artículo 75 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Este artículo determina que en el caso de la entrega de bienes, el devengo se produce en el momento de la puesta a disposición del adquirente de dicho bien, en el caso de las prestaciones de servicios, el devengo se produce cuando se presten, ejecuten o efectúen las operaciones gravadas.

No debemos de confundir la fecha de devengo con la de facturación. No importa que se emita la factura con fecha posterior al 30 de junio, si el devengo es anterior, el tipo impositivo será el 7 ó el 16%, según sea el caso, pero no el nuevo del 8 ó el 18%.

Por ejemplo, si alquilamos un coche desde el día 10 al 25 de junio, dará igual que la empresa de alquiler emita la factura el 26 de junio o el 5 de julio. El tipo a aplicar será del 16% ya que la duración del servicio está limitada en el tiempo y es anterior a la entrada en vigor del nuevo tipo. La fecha de devengo será el 25 de junio, aunque esta empresa facture días después y haya entrado en el periodo de aplicación del nuevo tipo.

Eso sí, en aquellos servicios prestados por contratos denominados de “tracto sucesivo” es decir, servicios continuados en el tiempo y cuya contraprestación sea exigible del 1 de julio de 2010 en adelante, aunque se haya realizado parcialmente dicho servicio con anterioridad a dicha fecha, el tipo aplicable será del 8 ó del 18%.

Este caso es el que se aplica en la facturación de los suministros, luz, agua, teléfono, etc. Independientemente del momento en que el cliente haya realizado en consumo, si el periodo de facturación entra dentro de la fecha de aplicación de la reforma, el tipo impositivo que nos aplicarán en esas facturas será el nuevo.

En Pymes y Autónomos | Subida del IVA en julio: casos prácticos de facturación
Imagen | Joe Lanman

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