¿Es el momento de abandonar la tributación en módulos?

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La tributación en el IRPF mediante estimación objetiva o módulos es la forma habitual de tributación de muchos autónomos en sectores. Existe un gran nicho de sectores que la inmensa mayoría tributan por este sistema como pueden ser transportistas autónomos, hostelería de pequeña dimensión y por supuesto agricultura.

En el caso agrícola, dadas las caidas de precio de muchos productos, bastantes agricultores se encuentran con explotaciones en pérdidas reales pero con ingresos tributarios estimados, al igual que les puede pasar a muchos otros sectores, como comercio al por menor o trabajos de albañileria.

Dada esta coyuntura económica, plantearnos la renuncia al sistema de tributación en módulos es una buena opción, siempre y cuando nuestra base imponible real se encuentre por debajo de la base imponible estimada por los distintos métodos fiscales.

El procedimiento de renuncia es un procedimiento sencillo, dado que se requiere la comunicación a la Agencia Tributaria en el plazo de dos meses desde que comienza el año, mediante la comunicación de este hecho con la oportuna declaración censal o medelo 036.

Es el momento de ponernos al habla con nuestro asesor para comprobar en qué situación real nos encontramos, coger lápiz y papel y minimizar lo máximo posible el impacto de la crisis dentro de nuestreos gastos fiscales.

En Pymes y Autónomos | Las empresas en módulos ¿tienen la obligación de presentar el modelo 347?, Renta 2008: empresa de reducida dimensión en módulos
Imagen | aquila460

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