¿Eres trabajador en pluriactividad? Ya no tendrás que solicitar a la Seguridad Social el exceso de cotización

¿Eres trabajador en pluriactividad? Ya no tendrás que solicitar a la Seguridad Social el exceso de cotización
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Son muchas las medidas que han pasado desapercibidas dentro de la nueva Ley de Autónomos, por no tener una incidencia relevante sobre la mayoría del colectivo. Una de ellas se centra en la pluriactividad, pues los autónomos ya no tendrán que solicitar la devolución del exceso de cotización a la Seguridad Social.

Pero, ¿qué es exactamente la pluriactividad? Se trata la situación laboral en la cual un trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su alta obligatoria en dos o más Regímenes distintos del Sistema de la Seguridad Social. Lo más habitual es un trabajador que cotice como asalariado en el Régimen General y como autónomo en el RETA.

Esto da lugar a los conocidos como excesos de cotización, que se producen cuando un trabajador ha abonado una cantidad mayor que la debida según las bases máximas de cotización. En 2017, esta cantidad asciende a 12.368,23 euros anuales, correspondientes con unas bases de cotización conjuntas de unos 3.500 euros anuales, aproximadamente.

Todas estas personas pueden reclamar la devolución del 50% del exceso de las cotizaciones, con el máximo del 50% de las cuotas ingresadas hasta el día 30 de abril del año siguiente.

Hasta ahora, esta devolución tenía que ser reclamada explícitamente por el trabajador, pues de otro modo se entendía que éste quería contribuir de forma voluntaria al sostenimiento de las arcas públicas. Evidentemente, nadie tiene voluntad altruista con el Estado, y muchos trabajadores dejaban de recibir sus devoluciones, en la mayoría de los casos o bien por desconocimiento o bien por estar fuera de plazo.

Esta situación tan absurda será subsanada en el momento que se apruebe la Ley de Autónomos, y la cantidad se abonará al trabajador de forma automática sin que él tenga que hacer nada.

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Imagen | jarmoluk

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