El funcionamiento de la regla de la prorrata

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La regla de la prorrata es un sistema de ajuste que afecta a los sujetos pasivos que, en el ejercicio de su actividad, efectúan operaciones sujetas y operaciones exentas de IVA. Es la proporción existente entre las operaciones que dan derecho a deducir el impuesto, en relación al volumen total de las operaciones realizadas en el ejercicio fiscal correspondiente.

Al tener los dos tipos de operaciones, el reglamento del IVA no permiter deducir el total del IVA soportado. Debemos calcular el porcentaje de operaciones sujetas, con respecto al total de las realizadas y aplicar ese porcentaje al IVA soportado para obtener el IVA que podemos deducir definitivamente.

Existen dos formas de aplicación de la regla de la prorrata: * La prorrata general * La prorrata especial

En la prorrata general, se aplica un porcentaje sobre el total del impuesto soportado deducible, esto determinará la cantidad del impuesto soportado que se podrá deducir. Para el cálculo de este porcentaje se utiliza la fórmula siguiente:

Importe total anual de operaciones con derecho a deducir x 100

-------------------------------------------------------------- = % prorrata

Importe total anual de todas las operaciones

En la prorrata especial, lo que hacemos es clasificar el IVA soportado en tres grupos: * El IVA soportado de actividades que dan derecho a deducción. * El IVA soportado de actividades que no dan derecho a deducción. * El IVA soportado de actividades comunes.

En este caso deducimos el total del IVA soportado del primer grupo, no deduciremos el del segundo y aplicaremos la prorrata general al IVA soportado de actividades comunes.

La aplicación de la prorrata especial se efectuará, una vez aprobada por la Administración, a solicitud del contribuyente o bien cuando la cuantía del impuesto soportado deducido, una vez aplicada la prorrata general, no exceda del 20% de la que hubiese resultado al aplicar la prorrata especial.

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