Deducir los gastos por actividades en el extranjero

Deducir los gastos por actividades en el extranjero
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En un comentario a uno de nuestros post, un lector nos hace la siguiente consulta sobre los gastos deducibles en sus actividades en el extrajero:

Tengo una duda, si la actividad se realiza fuera de España (viajando de lunes a jueves, y los viernes en casa), entiendo que es correcto desgravar: -Transporte hasta y desde el aeropuerto -Billetes de avión -Hotel en el país extranjero -Comidas en el país extranjero Estoy en lo cierto? Y por otro lado, si esos gastos me los reembolsase el cliente, figuraría como ingreso, por lo que o se deducen o al final me subiría bastante el volumen de ingresos (y por lo tanto la retención en el IRPF) sin que esto sean ingresos reales, verdad? Gracias de antemano!

Como ya hemos manifestado en otras ocasiones, son deducibles aquellos gastos que sean necesarios para el desarrollo de la actividad. En este caso los gastos a los que se refiere la consulta son perfectamente deducibles siempre que se puedan justificar como necesarios para el negocio.

Las maneras de justificarlos pueden ser varias: visitas o gestiones con clientes a los que posteriormente se les emiten facturas, prestaciones de servicios a estos clientes que requieran su presencia en esos lugares o, incluso, labores comerciales de captación de clientes (que deben estar identificados si no existe factura posterior).

Lógicamente se pueden deducir los gastos de locomoción en trasportes públicos, alojamiento y manutención necesarios para todas las actividades antes reseñadas.

Respecto al hecho de que posteriormente se repercuta el gasto a los clientes. La facturación por prestaciones de servicios a clientes en el extrajero que no tengan ningún tipo de sede en España no lleva retención de IRPF, por lo que repercutir en la factura los gastos ocasionados en esa prestación de servicios no influye en ese aspecto.

Con la información que nos envía el lector, yo entiendo que si ese aumento en la factura se compensa con la deducción de gastos correspondientes no tiene especial incidencia a nivel fiscal el hacerlo como él nos indica.

En Pymes y Autónomos | Dudas sobre los gastos deducibles de un autónomo Imagen | visualpanic

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