Cinco medidas fiscales que necesitan los inversores y emprendedores para crear empresas

Cinco medidas fiscales que necesitan los inversores y emprendedores para crear empresas
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Acabamos de describir las medidas que ha planteado el Gobierno para favorecer la creación de empresas mediante la exención en la venta de participaciones o acciones de las empresas. Dado que hablamos de empresas de nueva o reciente creación, ye hamos dicho que es una buena medida pero que tiene una serie de carencias importantes. Si realmente queremos mejorar las inversiones en las empresas, se deberían poner estas cinco medidas fiscales que necesitan los inversores y emprendedores para crear empresas.

  1. Exención de tributación para el reparto de dividendos en las pymes para un límite de 300.000 euros anuales si se destinan a la creación de empresas o a la compra de acciones. Si yo ya tengo una empresa que gana dinero, para invertir en otra empresa, tengo que repartir dividendos previamente y pagar del 19% al 21% en el IRPF por ese dividendo. Con el líquido que me queda, después invertiré en la nueva empresa, pagando una importante cantidad de impuestos.
  2. Exención perpetua para los beneficios fiscales que se obtengan por la transmisión de las acciones de la empresa con inversiones máximas de 300.000 euros por empresa. Si yo invierto en una empresa y decido que no quiero desinvertir, esta modificación en el IRPF me obligará a desinvertir a los 10 años si el valor de la empresa ha aumentado mucho. Hay que dejar la opción de permanencia (*).
  3. <li><strong>Ampliar las exenciones al impuesto de sociedades</strong>. Tal y como se ha diseñado la exención fiscal, si yo invierto en una sociedad a partir de otra sociedad, cuando transfiera las participaciones no me podré favorecer de la exención de la tributación. Por ejemplo, la mayoría de business angels invierten en proyectos a través de sociedades, por lo que estas figuras no se favorecen de dichas inversiones.</li>
    
    <li>El<strong> límite de exención de 25.000 euros es ridículo</strong>. Cualquier proyecto de base tecnológica, innovadora o con una gran proyección de crecimiento, no tiene con 25.000 euros ni para comenzar. Este límite debería rondar también los 300.000 euros tal y como he fijado más arriba.</li>
    
    <li>Mejora sustancial para la tributación en el IRPF y en los costes de Seguridad Social para aquellos <strong>trabajadores que cobren mediante acciones o participaciones sociales</strong>. Dar la posibilidad de entrada en el capital a mayor número de miembros con ventajas fiscales para todos. Es necesario mejorar las estructuras societarias a todos los niveles y que salgan las típicas fórmulas familiares que tanto se prodigan por nuestra economía.</li></ol>
    

    Tal y como vemos, o liberamos de carga fiscal los beneficios obtenidos en las empresas y liberamos el reparto de dividendos o damos entrada a la exención a las propias sociedades que quieran invertir en nuevos proyectos.

    (*) Actualmente, el cálculo de la ganancia patrimonial para acciones o participaciones sociales que llevan mucho tiempo en cartera ya cuentan con una reducción en la tributación. Habría que calcular los casos concretos pero lo ideal es la exención plena en todos los casos.

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