Campaña de Sociedades 2013: Disponible el programa de ayuda y novedades a tener en cuenta

Campaña de Sociedades 2013: Disponible el programa de ayuda y novedades a tener en cuenta
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Desde hoy, 1 de julio, y hasta el proximo día 25 se abre el plazo de presentación más habitual de la declaración anual del Impuesto de Sociedades, modelo 200. Recordemos que dicho plazo se fija en función de la fecha del cierre contable de la empresa, que generalmente suele coincidir con el añó natural y que obliga a efectuar la liquidación del impuesto dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del ejercicio.

Por otro lado están obligados a la presentación de este impuesto las sociedades mercantiles, pero también las asociaciones, fundaciones e instituciones de todo tipo, tanto públicas como privadas, entre otros y todos ellos deberán declarar los resultados obtenidos durante el ejercicio cerrado y pagar la cuota correspondiente a los mismos si éstos fueran positivos.

En la web de la Agencia Tributaria ya está disponible para su descarga el PADIS, el programa de ayuda para presentar el modelo 200. En la propia web se puede visionar un video que explica el proceso de descarga e instalación del mismo.

El programa de ayuda para la declaración permite la importación de datos contables desde un fichero con formato XML. También hay un video explicativo de la incorporación de datos a la declaración.

Novedades

Un paquete de medidas fueron aprobadas sólo de manera transitoria para los ejercicios 2012 y 2013 y posteriormente se prorrogaron para el 2014 e incluyen un nuevo tratamiento de la compensación de bases imponibles negativas, limitación en la libertad de amortización, etc.

Además hay una serie de novedades, algunas se aprobaron a lo largo del año pasado, entraron en vigor con efecto 1 de enero de 2013, por lo que se aplicarán a todo el ejercicio. Por ejemplo, las sociedades de reducida dimensión constituidas a partir del 1 de enero de 2013 y que cumplan una serie de requisitos podrán aplicar en el primer periodo impositivo en que la base imponible resulte positiva y el siguiente un tipo superreducido en el impuesto de sociedades. El tipo a aplicar en estos casos siguiente:

  • Para la base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros se aplicará un tipo del 15%.
  • Para la base imponible restante se aplicará un tipo del 20%.

También hay que destacar el nuevo tratamiento que se aplicará en el impuesto a las inversiones que las empresas hagan en I+D+i y algunas otras que suponen notables cambios sobre la legislación anterior

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