Cambio en la tributación de las ganancias patrimoniales

Cambio en la tributación de las ganancias patrimoniales
1 comentario

El Presidente del Gobierno anunció ayer un cambio en la tributación de las ganancias patrimoniales y una vuelta al modelo que estuvo vigente hasta la reforma del IRPF del año 2006.

Hasta ahora las ganancias patrimoniales tributan a través de la base imponible de ahorro a un tipo fijo, a partir de 2013 se modificará este aspecto y las ganancias generadas en un plazo inferior a un año se incorporarán a la base general, y tributarán al tipo que corresponda, y las que generadas a más de un año tendrán un tipo fijo, en función de tres tramos que irán del 21% al 27%.

¿En qué afecta esto a los autónomos? Ayer tratamos el caso de las operaciones que no se declaran en la actividad económica y que se hacen directamente en el IRPF, pues a varias de estos ingresos es a los que afecta este cambio.

El resultado de inversiones financieras, inmobiliarias, compra-venta de bienes que no estén afectos a actividades económicas, etc. que generen una plusvalías en un periodo inferior a un año se acumularán a otros ingresos y tributarán al tipo resultante en función de la base imponible general, que puede llegar a ser del 52%.

A las sociedades este cambio no les afecta ya que todos su beneficios tributan por el IS, independientemente de la naturaleza o el origen de los mismos.

El motivo para que se produzca este cambio es que las rentas obtenidas en actividades especulativas pagaban menos impuestos que las del trabajo y ahora quedarían equiparadas. Sin embargo los grandes vehículos de inversión y especulación de nuestra legislación, las famosas SICAV, seguirán con una fiscalidad muy favorable ya que no se modifica el tratamiento de sus beneficios.

En El Blog Salmón | Nuevo error del Gobierno: las plusvalías a corto se incorporarán a la base general del IRPF En Pymes y Autónomos | Hacerse autónomo paso a paso: los ingresos Imagen | springfeld

Temas
Comentarios cerrados
Inicio