A partir del año próximo las empresas no pagarán el IVA si no cobran la factura

A partir del año próximo las empresas no pagarán el IVA si no cobran la factura
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Una de las principales demandas de las empresas en los últimos años ha sido el hecho de que estas tengan que pagar el IVA correspondiente a las facturas que emiten sobre los trabajos y servicios realizados a clientes, aún cuando no las han cobrado, un aspecto que causaba un perjuicio económico por dos motivos, por el grave daño que hace a su tesorería, y por otro, de daban muchos casos en los que se liquidaba el IVA correspondiente y la factura resultaba incobrable.

Una demanda que por fin parece ser que se ha conseguido ya que ha sido ratificada por el propio Presidente del gobierno en el día de hoy en el debate del estado de la nación, y que en mi opinión hace justicia en un asunto en el que las pymes se posicionaban como las principales perjudicadas.

Aunque se presume que este cambio normativo no tendrá efectos retroactivos, hará a las empresas más robustas, ya que no tendrán que liberar parte de sus recursos para atender sus obligaciones fiscales en este tipo de casos, y evitar la insolvencia de la empresa cuando venga inducida por las rigideces normativas que se desentienden de la insolvencia de un cliente.

Aún tendremos que esperar a la publicación en el BOE de la misma, para estudiar cuáles son sus límites, para asegurarnos de que el IVA de una factura emitida en un momento del tiempo pueda diferirse en tantos años como su deudor tarde en abonarla por completo.

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