Nuestro negocio financiero y la prorrata del IVA

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Recientemente os comentaba la opción de ser banqueros de vuestros clientes, recordando que en buena medida ya lo sois, y ampliando el horizonte al respecto. Se trataba de aprovechar vuestra liquidez o vuestras lineas de descuento abiertas en los Bancos para, facilitando vuestros ventas, obtener ganancias financieras. Si os interesa el tema, conviene recordar la relación que hay entre nuestro negocio financiero y la prorrata del IVA.

Posiblemente muchos os hayáis preguntado si se aplica la regla de prorrata del IVA en los supuestos en que obtengamos ingresos financieros, al ser estas operaciones exentas de IVA (Ley del IVA, art. 20.1.18). Tiene su importancia, fiscal y financiera, ya que de llevarse a cabo dicha prorrata se reduce nuestra capacidad para recuperar el IVA soportado. Así que examinemos la cuestión.

  • La directiva europea del IVA entiende que no entrarían en la prorrata los ingresos accesorios de la actividad principal.
  • En nuestra ley, el criterio que se usa es el de la habitualidad, entendida según la AEAT como conducta continuada en el tiempo. Algo que puede conicdir muchas veces con el crietrio anterior,pero no siempre.

Esta posible dicotomía se resuelve por el TS en Sentencia de 30 de marzo de 2011, apoyándose en la accesoriedad o no de dichos ingresos para generar en su caso la prorrata. Un 0,7% de ingresos financieros sobre el total de operaciones no parece otra cosa que accesorio. Por el contrario, como ya avisaba una Sentencia de uno de julio de 2010, que viene a ser ratificada por la primera citada, en el caso de supermercados, con resultados financieros de un 32% sobre el margen bruto, el negocio parece no ser accesorio (siempre hemos sostenido que la gran distribución es realmente un negocio financiero) y por tanto se le aplica la regla de prorrata.

Conclusión: si nos movemos en porcentajes similares a las expuestas es muy posible que tengamos que aplicar la regla de prorrata, especialmente si en nuestro negocio tenemos periodos de maduración negativos, y por tanto deberemos considerarlo a la hora de determinar su impacto en los flujos de tesorería y en la rentabilidad financiera de dichas operaciones.

Vía | Nuestra fiscalidad En Pymes y Autónomos | El funcionamiento de la regla de la prorrata, La devolución mensual del IVA comienza a funcionar Vídeo | YouTube

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