Urgente: Devolución del 50% de las cuotas de autónomo

4 comentarios

hold my hand
El BOE de 24 de enero recogía la Orden de Cotización a la Seguridad Social para 2009, hasta aquí nada nuevo, la simple actualización de las bases de cotización.

Pero este año el Gobierno ha decidido hacer un regalo a aquellos autónomos que también trabajan por cuenta ajena, o lo que es lo mismo, aquellos esforzados currantes que compaginan su propia empresa con el trabajo para otros.

De esta forma, estos trabajadores podrán solicitar la devolución del 50% del exceso de cotizaciones de 2008, siempre y cuando hayan cotizado por contingencias comunes en el Régimen General y en el Régimen Especial de Autónomos (RETA), por una cantidad igual o superior a 10.440 euros. Para el cómputo de dicho importe se tendrán en cuenta tanto las cotizaciones realizadas por el trabajador como por la empresa.

Esta medida es excepcional y sólo se aplicará durante el presente ejercicio, con la especialidad de que está sujeta a plazo de solicitud, siendo el último día para formularla el último día hábil del mes de marzo.

Así que ya sabéis, si estáis en estas circunstancias, no dudéis en solicitar la devolución.

Por último comentaros que la base mínima de cotización para el RETA queda fijada en 833,40 euros al mes y la máxima, al igual que en el Régimen General, en 3.166,20 euros mensuales.

Via | BOE
Imagen | Klatham

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Comentarios

  • 1

    Avatar de dperello !

    Hola, Que pasos debo seguir para pedir esta devolución?

    Si me dais algun enlace para informarme y ampliar información.

    Gracias

  • 2

    Avatar de Óscar !
    Óscar | 2 estrellas

    Deberás acercarte a la administración de la TGSS más cercana y presentar una solicitud de ingresos indebidos antes de la finalización del primer trimestre del año.

  • 3

    Avatar de montamozas !

    Podemos considerar a los funcionarios también como cotizantes en el regimen general? Tenemos por tanto derecho a la devolución del 50% también?

  • 4

    !
    | 1 estrellas

    Hola. Necesito ayuda para solicitar la devolución ppor cuotas satisfechas en 2010. No me queda muy claro, la apreciaciíon de que los calculos se realizan sobre contingencias comunes. ¿Podrías poner otro ejemplo o corregir el que da origen al post?. Un saludo y gracias!

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