Más de la mitad de los subsidios de desempleo para autónomos por cierre son rechazadas

Más de la mitad de los subsidios de desempleo para autónomos por cierre son rechazadas
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Cuando un empresario toma la difícil situación de echar el cerrojo a su negocio, se abre una nueva etapa de incertidumbre mucho más acentuada, en la que los recursos disponibles, así como la capacidad que demostremos para idear un plan alternativo son vitales para enderezar nuestro rumbo profesional.

En este contexto suponen un apoyo muy importante los sistemas de protección de rentas que contempla la legislación, como por ejemplo el subsidio de desempleo, del que muchos autónomos dependen para seguir cubriendo parte de sus gastos, o sencillamente, seguir viviendo.

Pues bien, según los registros de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), el 54,9% de los trabajadores autónomos que solicitan esta prestación tras el cierre de su negocio acaban siendo rechazadas, aprobándose tan solo el 29%, y hasta un 12% están pendiente de resolución, lo que les deja en una situación de discriminación en comparación al proceso que corren los trabajadores por cuenta ajena.

Si buscamos las causas justificativas de esta hecho, podemos encontrar las siguientes:

  • No todos los trabajadores autónomos pagan dentro de su cuota a la seguridad social el 'seguro' que cubriría la contingencia de quedarse en situación de desempleo, lo que puede hacer que algunos de los solicitantes no reúnan el derecho a percibirlo, pero ¿tantos?

  • Según la propia ATA, hasta el 74,7% de los autónomos que solicitan la prestación no se encuentran al corriente de pago de sus cuotas a la seguridad social, además el 13% de estas son denegadas al no haber cubierto el periodo mínimo de cotización, y hasta el 2,3% por razones formales, es decir, por no acreditar correctamente el cese de actividad.

Llegados a este punto, me gustaría preguntarles si creen que el sistema actual protege a los profesionales por cuenta propia ante la eventualidad del desempleo como les correspondería. Tal vez muchos responderían que la cuota que pagan este tipo de profesionales a la seguridad social es menor que la que abona un trabajador por cuenta ajena, y por tanto no se tiene acceso al mismo tipo de protección, pero, ¿eso solo ese el problema?

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