Nuevas obligaciones de información a la AEAT para el 2009

Nuevas obligaciones de información a la AEAT para el 2009
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Veréis, cada día que pasa deseo con más fervor que la Administración de Justicia demande parte de los servicios y personal del departamento informático de la Agencia Tributaria, y lo cierto es que esa esperanza no tiene nada que ver con mi voluntad de ordenar el caos que en el citado Ministerio o su organización se pueda cocer, sino que tiene más que ver con una fantasía, una ilusión, un sueño. Pienso en el día en que la Agencia Tributaria será más personal, menos dirigida y ordenada, más humana, menos minuciosa.

Dos son las novedades que recientemente han invadido mi tranquilidad y efímero letargo por su pronta entrada en vigor, la primera de ellas ya fue objeto de información por parte de mi compañero Remo, y en el post anotaba la obligación de las empresas de presentar los libros registro de forma telemática, prevista en el Real Decreto 1065/2007, y que al parecer, actualmente sólo afectará aquellas cuyos períodos de liquidación sea mensual, tales como exportadoras, grandes empresas, régimen especial de grupos , etc… Por las noticias que tengo, el modelo que sustentará esa nueva obligación tributaria de información será el 340; pero más allá de la obligación en sí, me da la sensación que la Agencia Tributaria se está profesionalizando hasta el punto que está adquiriendo rasgos definitorios propios de los clubes deportivos, presentando primero camiseta y equipo, para luego y si se tercia, comprobar la efectividad del conjunto, es decir, si funciona.

Otro de los asuntos que me lleva de cabeza es la obligación que tendrán las empresas de informar las operaciones con dinero efectivo superiores a 6.000,00 euros, pues pese a que éstos habrán sido informados previamente de la obligación por su asesor, todos somos conscientes que sus menesteres y capacidades van más dirigidas, porqué así debe ser, a la obtención de resultados; por ello, con el paso del tiempo, esa obligación se habrá difuminado o desvanecido por lo tanto, las consecuencias que ello pueda conllevar pueden ser nefastas.

En definitiva, que aun no siendo programador de software fiscal ni empresario, dos de los sectores más afectados por los cambios en cuestión, lo cierto es que también soy un afectado más de esta orgía normativa tributaria a la que nos tiene acostumbrados tanto el Ministerio como las Cortes. Para mi todo ello representa una especie de prostitución normativa, tal vez menos indecorosa que las de otro tipo, pero una trata ilegal en cualquier caso, con el correspondiente maltrato a órdenes, leyes y decretos, todo ello sin control y con abuso de posición.

En Pymes y Autónomos | Cambios en el IVA para el 2009

Imagen | El grito de Yosi en Flickr

Más Información | Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio de gestión e inspección tributaria

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